Reiteramos que desde abril del 2023 y por la implementación del decreto 144/22 se reglamentó el art. 197 de la LCT, por lo tanto, todos los trabajadores en relación de dependencia, estén convencionados o no tienen derecho al REINTEGRO POR GASTOS DE GUARDERIA, si tienen hijos o menores a cargo entre 45 días y TRES AÑOS.
Para acceder a ello deben presentar factura o recibo de la guardería a su nombre. En caso de contratar una persona para el cuidado de la niña/o, deberá presentar el formulario de AFIP 102 junto con la constancia del pago del mismo.
Si pagas ganancias, estos gastos también son deducibles como gastos educativos, para guarderías o jardines maternales, o como personal doméstico, si contratas a un trabajador en forma privada.
El monto a reintegrar de acuerdo al último salario, junio 2023, informado para personal con retiro Cuidado de personas es de $ 42.409,20 (40% de $ 106.023) dado que los montos a reintegrar se van actualizado, pueden verificarlos en la siguiente página:
https://www.argentina.gob.ar/trabajo/casasparticulares/trabajador/sueldo
Es decir que PAPAS Y MAMAS O CUALQUIER ADULTO CON MENOR A CARGO COBRA EL REINTEGRO CONTRA LA PRESENTACIÓN DE COMPROBANTES.
El reintegro es por hijo, si contratas a una persona para que cuide a tus dos o más hijos deben reintegrarte por los dos, aunque sea un mismo comprobante.
Si ambos papás trabajan en una misma empresa solo lo recibe un papa.
Sin perjuicio de lo mencionado, a este nuevo derecho, continua vigente el adicional por guardería que se cobra Sin Comprobantes, para las mamas, padres viudos o adultos con menores a cargo entre 45 días y hasta los seis años o su ingreso a primer grado.
Es decir que los papas, mamas y adultos con guarda de niños entre 45 días y hasta tres años, presentando los comprobantes, cobran el reintegro. O si no presentan los comprobantes, cobran guardería por derecho convencional y mayores a Tres y hasta Seis años o su ingreso a primer grado que a JUNIO del 23 para los ENCUADRADOS es el siguiente:
Concepto/empresa | Telecom | Telefónica/Gesnext |
Guardería | $ 24123 | $ 24121,90 |
Luego entre los 6 años, desde ingreso a primaria, y 18 años se paga el concepto escolaridad. Adicionalmente para los alumnos secundarios se puede solicitar la “BECAS” En ambos casos se debe solicitar a la empresa con la presentación del certificado de alumno regular para cada hijo.