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Retención Sindical por acuerdo Paritario 2018-19

Retención Sindical por acuerdo Paritario 2018-19

Les recordamos que según marca nuestro CCT en sus art 83 para Telefónica y Gesnext, que nuestra Comisión Directiva resolvió descontar en dos cuotas la primera fue en septiembre 2018 y la segunda se realizará con el salario del mes marzo 2019 para los trabajadores convencionados de estas empresas, de acuerdo con la escala adjunta.

Dado que Telecom Argentina S.A. continúa negando el CCT 210/92 nos reservamos la activación de las acciones legales respectivas.

La retención, según lo establecido podría ser hasta 2 días de salario, pero en esta oportunidad será de 2 días del aumento máximo. La misma se aplicará a todos los convencionadxs.

Sin embargo, la Comisión Directiva ha resuelto que se efectúe, a todos los afiliadxs que lo requieran, el reintegro de dicho importe.

Para ello deberán tramitarlo a través de un mail a la casilla: retenciones@cepetel.org.ar .

Se deberá adjuntar recibo de sueldo donde figure la retención especial, N° de Documento, Nº y tipo de cta. Bancaria (Caja de Ahorro/Cuenta Sueldo), titular de la cuenta, CBU y CUIT.  – Por favor ESCRIBIR estos datos

Los datos requeridos se comenzarán a recibir desde el lunes 25 de marzo siendo el cierre el viernes 12 de abril.

La devolución se efectivizará en la semana posterior al cierre, es decir a partir del lunes 15 de abril del 2019.

Escala de retención por categoría:

Comisión Directiva Central

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