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ARSAT: Decreto de Necesidad y Urgencia 58/2019

Desde el sindicato CePETel manifestamos nuestro rechazo al DNU 58/2019 publicado el 21 de enero, que modifica la Ley 27.208 de Desarrollo de la Industria Satelital en el cual se sustituye el artículo 11 que establecía una reserva a favor de ARSAT sobre 90 Mhz con cobertura nacional para brindar servicios móviles 3G y 4G.

En una clara violación al artículo 14 de la ley 27.208 de Soberanía Satelital, que exige la autorización expresa del Congreso de la Nación con una mayoría especial de 2/3 para avanzar con la modificación de las reservas de frecuencias asignadas en el artículo 11 a ARSAT, el PEN autoriza al ENACON a otorgar participación a prestadores de Servicios de TIC de carácter regional o local, públicos o privados, de esa reserva asignada a ARSAT en un porcentaje que define no menor al 20%.

Interpretamos que el obrar gubernamental en el sentido de eliminar las reservas a favor de ARSAT está orientado a desactivar un potencial competidor estatal en el campo del servicio móvil de comunicaciones.

Este no es un hecho aislado de modificación de una ley del sector mediante la sanción de un DNU sino una sucesión de acontecimientos que comienzan con el DNU 265/2015 sancionado a pocos días de asumir la Presidencia de la Nación el Ing. Mauricio Macri. Dicho DNU echó por tierra los aspectos más sustanciales de la ley que tuvo mayor discusión desde el retorno a la democracia, como la de Medios Audiovisuales (26.522) y de la ley de Argentina Digital (27.078). No sólo disolvió los entes creados por dichas leyes (la Autoridad Federal Servicios de Comunicación Audiovisual y la Autoridad Federal de Tecnologías de la Información y la Comunicación) sino que los reemplazó por un único organismo – el Ente Nacional de Comunicaciones- conformando un directorio de 7 miembros donde el poder de turno se reserva el derecho a nombrar 4 miembros quedando únicamente 3 miembros a designar por Congreso de la Nación para garantizarse de esta manera el control discrecional de dicho ente, lo que constituye una grave afrenta a la democracia y la división de poderes de la República.

Pese a haberse comprometido en la sanción de una nueva ley de comunicaciones, a la fecha y luego de 3 años, no se concretó ninguna ley siendo el marco regulatorio del sector respaldado en la ilegitimidad del citado DNU 265/2015.

Desde nuestra organización gremial instamos a que ambas cámaras legislativas del Congreso de la Nación rechacen el citado DNU.

Ing. Daniel Herrero

Secretario Técnico

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